10 dudas legales que los estudiantes deben conocer antes de firmar un contrato de alquiler
El inicio del curso universitario dispara la búsqueda de alojamiento entre estudiantes. Antes de firmar un contrato de alquiler, conviene conocer qué puede exigir legalmente el propietario y cuáles son los derechos del inquilino para evitar sorpresas.
Legálitas da respuesta a diez cuestiones o dudas comunes entre los inquilinos: qué fianza se puede exigir, pueden solicitar los movimientos bancarios de los últimos meses, qué ocurre si solo alquilo una habitación y un compañero de piso abandona la vivienda a mitad de curso.
1. Si el piso se encuentra a través de una inmobiliaria, ¿quién paga los honorarios de la inmobiliaria? ¿Pueden cobrarme por enseñarme el piso?
Si se trata de un alquiler de vivienda habitual, los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato deben ser asumidos por el propietario, no por el inquilino.
No obstante, hay que prestar atención a una excepción importante: si el contrato se firma como alquiler de temporada (algo relativamente frecuente en el caso de estudiantes desplazados por estudios) o para un uso distinto al de vivienda habitual, las partes pueden pactar quién asume esos honorarios y suele ser habitual que recaigan sobre el inquilino.
En caso de los estudiantes, Legálitas afirma que se suele firmar el contrato de arrendamiento de uso distinto al de vivienda por resultar el curso académico un motivo de temporalidad justificado y que permite el uso de este tipo de contrato. Por otro lado, una agencia inmobiliaria no puede cobrar al inquilino por enseñarle una vivienda.
2. ¿Cuánta fianza puede pedir el propietario?
Si se alquila una vivienda habitual, la ley establece una fianza obligatoria equivalente a una mensualidad de renta. Pero en los alquileres de temporada, modalidad habitual en muchos contratos para estudiantes, son obligatorias por ley dos mensualidades, al tratarse de un arrendamiento para uso distinto de vivienda.
3. ¿Se puede exigir un aval, las nóminas de los padres o sus movimientos bancarios?
Sí. El propietario puede solicitar garantías adicionales, como un aval bancario, un fiador o un depósito complementario. En los alquileres de vivienda habitual, estas garantías no pueden superar el equivalente a dos mensualidades de renta adicionales a la fianza.
Además, el arrendador puede solicitar documentación que le permita comprobar la solvencia económica del inquilino como, por ejemplo, nóminas de los padres, declaraciones de la renta o extractos bancarios.
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