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¿Qué impuestos se aplican a la compra de un terreno rústico?

InmoPlus Conecta · 02 Abr 2026
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¿Qué impuestos se aplican a la compra de un terreno rústico?
  • El ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) para fincas rústicas en 2026 varía según la comunidad autónoma y suele situarse entre el 6% y el 13% del valor del inmueble.
  • El tipo más bajo es del 6% (Madrid y Navarra) y el más alto puede alcanzar el 13% en Baleares y Cataluña, dependiendo del precio de la finca.
  • Si el vendedor es una empresa, en lugar de ITP se abona IVA y AJD (Impuesto sobre el Valor Añadido y Actos Jurídicos Documentados).

Comprar un terreno rústico implica pagar en impuestos entre un 6% y más de un 20% sobre el precio del terreno, según la comunidad autónoma y el tipo de vendedor. Por eso, antes de comprar una parcela rústica conviene conocer bien qué tributos y gastos se aplican. ¿Cuánto pagarás al comprar un terreno rústico? Te lo explicamos cómo calcularlo en Fotocasa.

¿Qué impuestos debes pagar al comprar un terreno rústico?

Los impuestos dependen principalmente de quién vende el terreno. Si el vendedor es un particular, el comprador deberá pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En cambio, si el vendedor es una empresa o promotor, la operación está sujeta a IVA y a Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Estos impuestos se aplican sobre el valor de compraventa del terreno y pueden variar según la comunidad autónoma. Es importante tenerlos en cuenta porque forman parte del coste total de la operación.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) al comprar finca rústica

Este tributo grava la compraventa de bienes de segunda mano, incluidos terrenos o fincas rústicas, y su porcentaje depende de cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en Cataluña el ITP general es del 10% del valor de compraventa, mientras que en la Comunidad de Madrid se sitúa en el 6%.

Comunidad Autónoma Tipo general ITP (%)
Andalucía 7%
Aragón 8 – 10% (según el valor del inmueble)
Asturias 8 – 10% (según el valor del inmueble)
Islas Baleares 8- 13% (según el valor del inmueble)
Canarias 6,5%
Cantabria 7 – 9% (según el valor del inmueble)
Castilla y León 8%
Castilla-La Mancha 9%
Cataluña 10 – 13% (según el valor del inmueble)
Comunidad Valenciana 9 – 11% (según el valor del inmueble)
Extremadura 8 – 11% (según el valor del inmueble)
Galicia 8%
Comunidad de Madrid 6%
Región de Murcia 8%
Comunidad Foral de Navarra 6%
País Vasco 2,5% – 7% (según el inmueble)
La Rioja 7%

Este contenido ha sido publicado en Fotocasa – https://www.fotocasa.es/es/

Fuente original

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